La Corte Suprema suspendió las Elecciones en San Juan y Tucumán
En la tarde de ayer, la Corte Suprema suspendió las Elecciones en San Juan y Tucumán. Desde la oposición y el Máximo Tribunal consideran que Sergio Uñac y Juan Manzur van por "un cuarto mandato".
Asimismo, una frase que se rescató del fallo del Máximo Tribunal indica: "el Máximo Tribunal provincial oficializó la candidatura del Gobernador habilitó para competir este 14 de mayo un cuarto mandato".
"El cuarto mandato" del cuál habla la oposición: "es evidente entonces que ese acto electoral podría producir en breve un trastorno institucional de difícil reparación".
"Por lo cuál esta Corte debe asegurar preventivamente que cualquiera sea la sentencia definitiva que recaiga en la causa, su cumplimiento sea aún posible dentro del sistema representativo que las provincias se comprometieron a garantizar", indica la Corte.
Más allá de que las Elecciones provinciales están dentro de las facultades previstas en las Constituciones locales, la Corte interpretó que puede fallar en ambos casos.
"Dado que es parte demandada una provincia y que el actor ha planteado ante esta Corte de manera seria una cuestión federal predominante, el proceso corresponde a la competencia original del Tribunal", dijeron los Jueces del Máximo Tribunal.
"La inminencia de las Elecciones previstas para este 14 de mayo y la trascendencia institucional que reviste el planteo efectuado, exigen a este Tribunal adecuar el procedimiento a la vía prevista en la Ley 19.986", más conocida como Ley de Acción de Amparo.

Carlos Rosencrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti Jueces de la Corte Suprema que firmaron la resolución para suspender las Elecciones en San Juan y Tucumán| Foto. Infobae
Lo que pide la Corte
Por otro lado, los Jueces encuadraron este acción en el Artículo 8 de esta normativa para "así achicar los plazos para integrar el contradictorio", por lo cuál le exigieron a las dos provincias "el informe circunstanciado".
En pocas palabras, la Corte podría autorizar la realización de las Elecciones en ambas provincias en un plazo perentorio.
De este modo, la Ley establece que "cuando la acción fuera admisible, el Juez requerirá la autoridad que corresponda un informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fundamento de la medida impugnada, el que deberá ser evacuado dentro del plazo prudencial".
Por lo tanto, el plazo fijado por la Corte vencerá el próximo miércoles. Es decir que 48 horas posteriores al plazo el Máximo Tribunal "dictaminará concediendo o rechazando el amparo".
Asimismo, la Corte la semana próxima definirá la habilitación de las Elecciones, y si Uñac y Manzur podrán ser candidatos.
Por su parte, la Corte tomó como resolución lo que valga la redundancia resolvió en 2019 en relación a Santiago del Estero: "la historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que con menor o mayor envergadura y éxito intentaron forzar o incluso hacer desaparecer los principios republicanos que establece nuestra Constitución".
"Este pasado debería desalentar ensayos que persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de las máximas magistraturas de la provincia, a quien ya lleva doce años ininterrumpidos en estos cargos, desconociendo el texto constitucional", cerró el fallo de la Corte.
Vea también: La Corte suspendió las elecciones que se iban a celebrar el domingo en Tucumán y San Juan a pedido de la oposición
Redactado por Gisella Panico para Línea de Noticias en 360

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