La Justicia Electoral rechazó el pedido para que Diego Santilli encabece la lista de LLA en la Provincia de Buenos Aires
El Juez Federal Electoral, Alejo Ramos Padilla, aceptó la renuncia del Diputado José Luis Espert, y rechazó que Diego Santilli encabece la lista de La Libertad Avanza (LLA) en la Provincia de Buenos Aires. Ahora el puesto 1 lo ocupará a actriz, vedette y conductora de la Televisión Pública, Karen Reichardt.
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| La Justicia Electoral rechazó el pedido para que Diego Santilli encabece la lista de LLA en la Provincia de Buenos Aires| Foto. A24 |
LLA va a apelar el fallo
Como sucedió con la Fiscal Roteta, el Juez Ramos Padilla citó la jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral: "esta Cámara ha asumido un rol activo en la tutela de la igualdad de género hacia el interior de los partidos políticos, del mismo modo en que lo ha hecho para los cargos públicos electivos".
A su vez, con ese mismo criterios, el Magistrado recordó que "si bien la aplicación estricta de un criterio de paridad pareciera autorizar esa solución, no puede soslayarse que, como se dijo, ello contrariaría en el singular caso que aquí se presenta el propósito final de la Ley que reglamenta, que es la protección de la mujer en cuanto a las oportunidades efectivas de acceder a cargos públicos efectivos".
Hay que decir que el puesto vacante se debe a la renuncia de José Luis Espert, quien se vio envuelto en un caso de corrupción, de acuerdo a la visión del Magistrado de competencia electoral, "no afecta la intercalación de género establecida en el Artículo 60 bis del C.E.N., por lo cual la reglamentación del Decreto en ese caso, resulta arbitraria y totalmente desvinculada de la previsión legal".
Tras esto, Ramos Padilla esgrimió que la reglamentación resulta razonable para quienes ocuparon cargos intermedios, pero "no para quienes encabezan la lista", recordando que la normativa citada, el Artículo 7 del Decreto reglamentario de la paridad de género para cargos de representación política, rige de forma positiva a favor de las mujeres.
Los argumentos de Ramos Padilla
De igual modo, el Juez continuó detallando que dicha reglamentación implica solo que el candidato varón número 3 (Diego Santilli) de la lista "saltee a la candidata mujer número 2, sino que para adecuarse a lo estipulado en el Artículo 60 bis de la C.E.N., se produce un efecto cascada donde todos los candidatos varones deben anteponerse a las candidatas mujeres que poseían un mejor lugar en la lista y, por lo tanto, contaban con más chances de acceder a un cargo".
Ramos Padilla continuó argumentando "no puede obviarse que el propio Decreto, en sus considerandos, comienza remarcando que el Artículo 37 de la Constitución Nacional establece que la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral".
El Juez concluyó, que el espíritu de las normas de rango constitucional a las que el Decreto pretendió dar operatividad a través de la reglamentación de la Ley de Paridad de Género buscan "categóricamente garantizar mediante acciones positivas" la "igualdad real" de "oportunidades entre varones y mujeres".

Karen Reichardt será la cabeza de lista de La Libertad Avanza| Foto. Infobae
El rol de la mujer en los cargos electivos
Tomando en cuenta, el ponderamiento de la mujer en cargos electivos, Ramos Padilla citó a la Fiscal Roteta: "la igualdad real no ha sido alcanzada: en la Cámara de Diputados/as de la Nación, con formación que interesa en este caso puntualmente, las mujeres continúan subrepresentadas: 110 Diputadas (42,80%), frente a 147 Diputados (57,20%)".
Del mismo modo, no se esperan grandes modificaciones en la composición legislativa de este año: "aproximadamente, solo 3 de cada 10 listas están encabezadas por mujeres (es decir, el 70% por varones). En la Provincia de Buenos Aires en particular, de 15 listas oficializadas, únicamente 3 son lideradas por mujeres (el 80% restante por varones)".
A su vez, el Magistrado citó las otras dos renuncias de mujeres que comunicó LLA junto a la de Espert, "este elemento es relevante ya que, si la alianza hubiera presentado únicamente la renuncia de José Luis Espert, tal como se había anunciado el día 5 de octubre, el desplazamiento natural de la lista, tal como ya se había explicado, hubiera sido el movimiento ascendente de toda la lista en su conjunto pues ello evitaba modificar las posiciones originales de las candidaturas oficializadas".
La renuncia de José Luis Espert
Y ante la renuncia de Espert, si se efectuaba el reemplazo conforme a las previsiones del Artículo 7 del Decreto 171/2019, reemplazando a Diego Santilli por Espert en la cabeza de lista, "debido al efecto cascada que implicaría desplazar a todos los varones de la lista dos lugares más arriba, quedaría consecutivas las dos últimas candidatas mujeres", algo que no está permitido.
Pero, la intempestiva renuncia de dos candidatas mujeres "fuerza una situación en la que, de no realizarse el reemplazo de Santilli por Espert en el primer lugar de la lista de candidatos suplentes, produciéndose así, artificialmente, una aparente inconstitucionalidad".
Por último, en vez de conservar la posición original de la totalidad de la lista oportunamente oficializada, LLA "busca forzar, mediante la renuncia de dos candidatas mujeres, a que no solamente quede un varón encabezando la lista, sino que otros 16 candidatos varones pasen por encima de las candidaturas mujeres que originalmente se les anteponían, lo que resulta manifiestamente contrario a las normas de rango constitucional y legal que regulan la materia".
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